Despido durante certificación médica: ¿es legal?
- 19 jun
- 3 min de lectura

¿Te despidieron estando con certificación médica o al volver de una? Conocé la protección legal que tenés en Uruguay y qué indemnización corresponde.
Si estuviste con certificación médica y te despidieron al volver, o incluso durante la propia certificación, es razonable que te preguntes si eso es legal. La respuesta corta es: en la mayoría de los casos, no y la ley prevé una compensación especial para esta situación.
Qué dice la ley
El Decreto-Ley 14.407 establece que una empresa no puede despedir ni suspender a un trabajador que está con certificación médica, ni tampoco dentro de los 30 días posteriores a su reintegro efectivo al trabajo.
Esos 30 días se cuentan en días de trabajo efectivo, no calendario es decir, no se cuentan, por ejemplo, días de licencia ordinaria que tomes apenas reintegrado.
Esta protección busca evitar lo que pasa en la práctica con bastante frecuencia: que una empresa aproveche el regreso de un trabajador que estuvo enfermo para desvincularlo, en lugar de mantenerlo en su puesto como corresponde.
Qué pasa si te despiden de todos modos
Si el despido ocurre dentro de ese período protegido, la consecuencia es que la indemnización por despido se duplica. Es decir, en vez de cobrar 1 mes de sueldo por año trabajado (con tope de 6 meses), corresponde el doble de ese monto.
A esto se suma la liquidación final habitual: salarios pendientes, licencia no gozada, salario vacacional y aguinaldo proporcional.
Importante: esta protección no aplica si existió notoria mala conducta de tu parte, debidamente probada por el empleador o que el motivo del despido no este vinculado a la enfermedad. Tampoco te protege indefinidamente una vez pasados los 30 días de trabajo efectivo desde tu reintegro, el empleador puede despedirte bajo el régimen común, siempre que el despido no esté en realidad motivado por la enfermedad que tuviste.
Cómo se demuestra que la protección aplica
Para que esta protección te ampare, en general tenés que poder acreditar:
Que estuviste certificado por tu prestador de salud durante la certificación
Que la enfermedad era común (no laboral) y estabas amparado por el subsidio de BPS
Que el despido ocurrió durante la certificación, o dentro de los 30 días de trabajo efectivo posteriores al reintegro
Que no existió una causa válida e independiente que justifique el despido.
Conservá tu certificado médico, el comprobante de subsidio de BPS y la fecha exacta de tu reintegro al trabajo, son los documentos que vas a necesitar para que un abogado evalúe tu situación.
¿Y si la enfermedad fue por un accidente de trabajo?
Si la certificación se originó por un accidente laboral o una enfermedad profesional, la protección suele ser todavía mayor, considerando el período de estabilidad más extenso que prevé la normativa para estos casos. Cada situación amerita una revisión particular.
Qué hacer si creés que te despidieron por haber estado enfermo
No firmes la liquidación sin revisarla. Si no incluye el monto doble de indemnización que corresponde, no la aceptes sin antes consultar.
Guardá toda la documentación médica y laboral: certificados, comprobantes de BPS, fecha de reintegro, comunicación del despido.
No dejes pasar tiempo. Tenés un año desde el cese de la relación laboral para reclamar, y ese plazo se interrumpe presentando la solicitud de audiencia de conciliación ante el MTSS, el paso previo y obligatorio antes de un eventual juicio.
Consultá con un abogado laboralista para que evalúe si tu situación está efectivamente amparada por esta protección y cuánto te correspondería cobrar.
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Si te despidieron estando enfermo o recién reintegrado, contanos tu caso y te decimos qué te corresponde.



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